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  • alquilar barco.

    <r>Pues ahí esta la pregunta.



    ¿Como puedo hacer que mi embarcación (velero) pueda alquilarlo?



    No se nada, la cosa esque dentro de poco tiempo (3-5 años o menos) espero comprarme una embarcación de 9 a 11mt.

    Y para ahorrarme costes pueda alquilarlo y de alguna manera trabajar en ello.



    Seguro?

    Lista?

    etc,etc...



    Si me podeis ayudar estaré <E></E>



    Saludos!!!</r>
    <t></t>

  • #2
    Re: alquilar barco.

    <t>Hola, pues yo no se mucho del tema pero lo que si se es que tienes que ponerlo en lista 6°. Cuando tienes el barco en lista sexta hay que hacer mas revisiones y no se que mas. No te puedo ayudar mucho porque soy nuevo en esto. El otro dia vi en internet los pasos a seguir pero ahora no recuerdo la pagina. Si lo vuelvo a ver te digo. Eso si. Lo que si he visto es un barco en santander (cantabria) que se alquila y lo tienen en lista septima. Se que eso esta prohibido pero la persona que lo alquila lo tiene anunciado en varias paginas y todo. No se hasta que punto se esta arriesgando,porque como le pillen....seguro que la sancion es memorable, porque precisamente las sanciones en la mar son increibles</t>
    <t></t>

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    • #3
      Re: alquilar barco.

      <r>Supongo que tu embarcación está en lista 7ª, por tanto el impuesto de matriculación (IEDMT) lo tiene ya pagado



      Por tanto el pasarla de 7ª a 6ª sólo implica el pago de las Tasas correspondientes en Capitania.

      Avisar a tu compañia de seguros (la prima será ligeramente más alta).

      Darte de alta en la Agencia Tributaria (epigrafe 8552)

      Presentar las declaraciones trimestrales y anuales correspondientes.



      Salvo que tengas titulación patron profesional, no podrás ejercer legalmente de patrón para tus clientes.



      La fianza la fijas tu en el contrato de alquiler.



      Si simultaneas el uso privado/comercial, no deberías deducirte todo el IVA soportado (aunque dudo que hilen tan fino en este caso, por su poca trascendencia económica). Por tener el IEDMT pagado no hay impedimento a ese uso privado por tu parte.



      En todo caso valora si te compensa el estar pendiente de esa embarcación alquilada para lo modestos que pueden ser los ingresos.



      <E></E> <E></E></r>
      <t></t>

      Comentario


      • #4
        Re: alquilar barco.

        <t>gracias muy buena respuesta. saludos!!!</t>
        <t></t>

        Comentario


        • #5
          Re: alquilar barco.

          <r>Estupenda aportación!



          Esta misma pregunta me la han hecho varios usuarios de mi web.



          Si no hay inconveniente, al añadiré al foro de <URL url="http://www.alquilaunbarco.com/blog">http://www.alquilaunbarco.com/blog</URL> haciendo referencia a este link del artículo</r>
          <r>Propietario de <URL url="http://www.alquilaunbarco.com"><s></s>http://www.alquilaunbarco.com<e></e></URL></r>

          Comentario


          • #6
            Re: alquilar barco.

            <r>Pues no sabría decirte bien bien cómo funciona pero sí sé que hay empresas como <URL url="https://www.xaloccharter.com/"><s></s>https://www.xaloccharter.com/<e></e></URL> que proporcionan alquileres pero a nivel individual no sé si es posible.</r>

            Comentario


            • #7
              Re: alquilar barco.

              <r><QUOTE author="cementocat" post_id="2679" time="1375210088" user_id="310"><s>
              Originalmente publicado por cementocat post_id=2679 time=1375210088 user_id=310
              </s>
              Pues ahí esta la pregunta.



              ¿Como puedo hacer que mi embarcación (velero) pueda alquilarlo?



              No se nada, la cosa esque dentro de poco tiempo (3-5 años o menos) espero comprarme una embarcación de 9 a 11mt.

              Y para ahorrarme costes pueda alquilarlo y de alguna manera trabajar en ello.



              Seguro?

              Lista?

              etc,etc...



              Si me podeis ayudar estaré <E></E>



              Saludos!!!
              <e>
              </e></QUOTE>
              pues ´primero darte de alta como empresa de servicios nauticos en todas las areas, ayuntamiento, instituto social de la marina hacienda etc.

              despues tener un titulo de CAPITAN y EL CERTIFICADO DE PPER para poder patronear el barco tu, cuando lo alquiles - otra opcion es alquilarlo " sin patron "- y en dos dias te quedas sin barco -

              despues el barco tiene que estar en LISTA 6ª

              y tener los seguros que sean necesarios

              y el amarre, si estás en un club privado podras tenerlo alli, pero si es un puerto deportivo publico puedes tener problemas los puertos publicos don para el recreo sin animo de lucro</r>
              _________________
              Buen Caballero:
              Consuelese pensando que no hay cosa fuerte,
              que a Papas y Emperadores y Prelados
              Así los trata la Muerte
              Como a los Pobres Pastores de Ganados

              Yo. La Muerte.

              Comentario


              • #8
                Re: alquilar barco.

                <t>puedes preguntar en

                foro-marinero.foroactivo.com

                quizas alli te ilustren en algo más

                saludos</t>
                _________________
                Buen Caballero:
                Consuelese pensando que no hay cosa fuerte,
                que a Papas y Emperadores y Prelados
                Así los trata la Muerte
                Como a los Pobres Pastores de Ganados

                Yo. La Muerte.

                Comentario


                • #9
                  Re: alquilar barco.

                  <t>.</t>

                  Comentario


                  • #10
                    Re: alquilar barco.

                    <t>Cojo sitio</t>
                    <t></t>

                    Comentario


                    • #11
                      Re: alquilar barco.

                      <t>Gracias</t>
                      <t></t>

                      Comentario


                      • #12
                        Re: alquilar barco.

                        <t>Hola

                        No estoy muy seguro.... pero se ha cambiado el RD 238/2019 publicado en BOE 1/5/2019 donde se han modificado las atribuciones de los poseedores del PER facultandolos para más actividades</t>
                        <t></t>

                        Comentario


                        • #13
                          Re: alquilar barco.

                          <t>Perdón

                          Quería decir para más atribuciones</t>
                          <t></t>

                          Comentario


                          • #14
                            Re: alquilar barco.

                            <t>Si. se han modificado</t>
                            <t></t>

                            Comentario


                            • #15
                              Re: alquilar barco.

                              <t>Parece una forma interesante de tener unos ingresos extra,... al menos sobre el papel</t>
                              <t></t>

                              Comentario

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