Al parecer ya esta listo el Borrador

Colapsar
X
 
  • Filtrar
  • Tiempo
  • Mostrar
Limpiar Todo
nuevos mensajes

  • Al parecer ya esta listo el Borrador

    <r>Buenas tardes a td@s:



    Al parecer ya tienen listo el borrador para la modificación del RD donde los PER, PY y CY podrán ejercer cierta funciones profesionales, y esta vez parece que va en serio:



    Aquí podéis leer algo al respecto:



    <URL url="http://profesionaleshoy.es/construccion-naval/2017/10/13/nuevo-impulso-a-las-normativas-en-curso-para-la-nautica-de-recreo/10413"><LINK_TEXT text="http://profesionaleshoy.es/construccion ... creo/10413">http://profesionaleshoy.es/construccion-naval/2017/10/13/nuevo-impulso-a-las-normativas-en-curso-para-la-nautica-de-recreo/10413</LINK_TEXT></URL>



    saludos cordiales

    Guillermo</r>
    "Los hombres insignificantes luchan continuamente por llamar la atención. Los realmente importantes tratan de pasar desapercibidos"

    Voltaire

  • #2
    Re: Al parecer ya esta listo el Borrador

    <t>Buenos días:



    Estas serán, según el borrador del proyecto, las atribuciones profesionales:



    Atribuciones profesionales de títulos náuticos



    Los títulos náuticos de PER, PY y CY tendrán las mismas atribuciones, con restricción de la eslora. Las atribuciones previstas son:



    Transporte de personas y enseres desde puerto a embarcaciones de recreo.

    Ser patrón de barcos destinados a excursiones turísticas.

    Ser patrón en barcos destinados a la pesca deportiva y de recreo.

    Realizar maniobras de atraque, amarre y fondeo de embarcaciones de recreo en aguas portuarias.

    Ser patrón en las pruebas de mar de embarcaciones de recreo.

    Ser tripulante en buques de recreo en alquiler.



    Limitaciones según el título



    Para ejercer como profesional en embarcaciones de recreo estando en posesión de un título náutico se tendrá que tener previamente alguno de los carnés previstos: PER, Patrón de yate o Capitán de yate. Cada uno de ellos limitados en eslora y distancia a la costa para el desempeño de estas funciones:



    PER: limitado a 5 millas de puerto y barcos de hasta 15 metros de eslora.

    PY: hasta 8 millas de puerto y 24 metros de eslora.

    CY: hasta 10 millas de puerto y 24 metros de eslora.



    Requisitos personales



    Además de estar en posesión de alguno de los títulos náuticos de PER, PY o CY, quien desee trabajar en la náutica dentro de las competencias del nuevo borrador tendrá que hacer el curso de seguridad básica.



    Requisitos de las embarcaciones



    Así mismo, las embarcaciones deberán estar obligatoriamente inscritas en la lista 6ª (destinadas a la explotación comercial), tener los pertinentes equipos de seguridad y el correspondiente seguro de responsabilidad civil exigible en cada caso.



    Saludos

    Guillermo</t>
    "Los hombres insignificantes luchan continuamente por llamar la atención. Los realmente importantes tratan de pasar desapercibidos"

    Voltaire

    Comentario

    publicidad footer

    Colapsar

    publicidad movil

    Colapsar
    Trabajando...
    X